En los últimos días, hemos recibido varias consultas en relación a la autorización para la vacunación de los menores de edad contra el Covid-19. ¿Quién decide en caso de desacuerdo entre los progenitores?
Por Silvia Pinilla / Abogada y Responsable Departamento Derecho de Familia
Los adolescentes mayores de 16 años pueden decidir libremente si reciben o no la vacuna contra la COVID-19, a consecuencia de su "mayoría de edad sanitaria".
Entre los 12 y 16 años, debe informarse al menor, pero el consentimiento debe otorgarle un mayor de edad (padre, madre, tutor) por representación. En cualquier caso, debe tenerse en cuenta que el bienestar de los menores debe prevalecer, y por tanto, deberían seguirse las recomendaciones médicas, que en la actualidad, implican administrar la vacuna.
Sin embargo, en los casos de menores entre 12 y 16 cuya patria potestad la ostentan de forma compartida sus dos progenitores y uno quiere vacunar al menor y el otro no, la vía para solucionar la problemática sería iniciar un procedimiento de jurisdicción voluntaria frente a la discrepancia en el ejercicio de la potestad parental. De este modo, será la autoridad judicial quien decida si debe o no administrarse la vacuna al menor.
Artículos relacionados
En esta época del año, son habituales las consultas en relación a quien debe abonar los gastos que se producen a consecuencia del inicio del curso escolar.
El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma, ha limitado el derecho a la libre circulación de las personas. Le explicamos más a fondo.